Servicio de intermediación de datos – UMH

4 junio 2024

La ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece en su artículo 28.2 que:
«Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello….
… Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto».

El acceso a la plataforma de intermediación de datos entre las Universidades y con otras Administraciones se realiza a través del Nodo de Interoperabilidad del Sistema Universitario Español (NISUE).

El Servicio de Modernización y Coordinación Administrativa ofrece asesoramiento a las unidades tramitadoras de la UMH para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 28.2 de ley 39/15. También para agilizar y simplificar los trámites haciendo uso de los servicios de intermediación. Las unidades tramitadoras interesadas en utilizar los servicios de intermediación deberán seguir los pasos indicados en la Guía de uso del servicio de intermediación de datos .

Actualmente, los servicios de consulta disponibles para la UMH son los siguientes:

 

Para consultar la relación completa de servicios de datos ofrecidos por la plataforma de intermediación, pulsar sobre la imagen:

 

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